El cómputo del plazo de antelación incluye el día en que se remite la convocatoria, pero no el día en que se celebra la junta.

 Regularización de cuotas de autónomos 2026

A partir de enero de 2026 se iniciará el procedimiento de regularización anual de bases y cuotas de los trabajadores por cuenta propia o autónomos correspondientes al año 2024. Dicho procedimiento afectará a todos los autónomos que hayan estado dados de alta al menos un día durante 2024, de acuerdo con el artículo 308 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

El procedimiento se desarrollará en fases sucesivas, extendiéndose en varios meses, agrupando a los autónomos según su situación particular. Es fundamental que cada autónomo revise sus notificaciones y utilice los servicios habilitados para conocer su situación y ejercer, en su caso, las opciones disponibles.

Fases del procedimiento de regularización

En enero de 2026 comienza y se realiza mediante el envío de notificaciones a través del sistema NOTESS. La regularización del ejercicio 2024 se desarrollará en tres fases principales en 2026.

  • Primera fase: Trámite de audiencia para mantener base superior

Está dirigido a aquellos autónomos que cotizaron en 2024 por una base superior a la que corresponde por sus rendimientos, pero pueden mantener voluntariamente esa base, siempre que no supere la base que tenía a 31/12/2022.

Tras recibir la notificación, se habilita un plazo para optar por mantener la base de cotización superior, generalmente hasta el último día del mes siguiente al de la notificación del trámite de audiencia. Esta opción podrá ejercerse a través de la Oficina Virtual (Regularización de Trabajadores Autónomos à Servicios de Regularización à Consulta de regularización actual à “Mantener una base superior”).

  • Segunda fase: Resoluciones de regularización según rendimientos

Está previsto que, a mediados de febrero de 2026, se notificarán las resoluciones de regularización a los autónomos que:

    • Cotizaron por una base superior a la que corresponde por rendimientos, cotizaron por debajo de la base correspondiente
    • No presentaron declaración de IRPF o no declararon rendimientos a efectos de cotización
    • Según cada caso, las resoluciones podrán dar lugar a devoluciones de cuotas, ingresos adicionales a efectuar o confirmaciones sin ajustes.
  • Tercera fase: Bases que se convierten en definitivas

Finalizado el proceso, se notificará a los autónomos cuya base provisional ya coincide automáticamente con la definitiva, bien por encontrarse dentro de los límites de su tramo de rendimientos o porque todo el periodo de alta es no regularizable.

Servicios de consulta y mecanismos de notificación

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) realizará las comunicaciones oficiales del proceso de regularización a través de NOTESS (sistema de notificaciones telemáticas de la Seguridad Social).

De forma complementaria, se enviarán correos electrónicos informativos a los autorizadores RED con detalles sobre el proceso y los trabajadores afectado. Estas comunicaciones tienen carácter orientativo y no sustituyen a las notificaciones oficiales.

Asimismo, los autónomos y autorizadores RED podrán consultar su situación y gestionar todo el proceso mediante el Servicio de Regularizaciones de Trabajadores Autónomos, disponible en la Oficina Virtual del Sistema RED, que ofrece dos funcionalidades principales:

  • Consulta de regularización actual

Permite acceder a la información correspondiente al ejercicio en proceso de regularización, incluyendo:

    • Los datos utilizados para el cálculo de la base definitiva.
    • La identificación de periodos regularizables y no regularizables.
    • Los cálculos realizados por la TGSS a partir de los datos facilitados por la AEAT.
    • El resultado de la regularización (a ingresar, a devolver o sin diferencias)
    • La opción de mantener una base de cotización superior, cuando proceda.
    • La posibilidad de anular la solicitud dentro del plazo establecido.
  • Consulta de regularizaciones finalizadas

Incluye las regularizaciones correspondientes a ejercicios anteriores (actualmente disponible: 2023), permitiendo revisar resoluciones, descargar documentación y consultar el histórico.

Tarifa plana: prórroga del segundo periodo

En relación con las personas trabajadoras autónomas que hayan solicitado la prórroga del segundo periodo de cuota reducida, la TGSS recuerda que:

  • La cuota reducida no se regulariza durante el primer periodo de disfrute.
  • Durante la prórroga del segundo periodo, la cuota será objeto de regularización cuando los rendimientos netos del ejercicio 2024 superen al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • En caso de superar el SMI en 2024, la Tesorería General de la Seguridad Social reclamará las cuotas no ingresadas, al considerarse este periodo como regularizable.
  • El periodo de prórroga a ser regularizable, y la pérdida del beneficio afecta únicamente al año regularizado, sin efectos sobre ejercicios posteriores.
  • La TGSS comunicará la regularización mediante la emisión de resoluciones específicas identificadas como “TA TPR 2 XXX”.

Recomendaciones para los autónomos

Se recomienda a todas las personas trabajadoras autónomas:

  • Mantener actualizado el correo electrónico registrado en la Seguridad Social y revisar con frecuencia las comunicaciones.
  • Consultar periódicamente el Servicio de Regularización de Trabajadores Autónomos en la Oficina Virtual, así como la sede electrónica, para evitar la pérdida de avisos y plazos.
  • Comprobar los rendimientos netos declarados en el IRPF 2024, dado que la regularización de cuotas se calcula con los datos remitidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
  • Consultar con la asesoría en caso de discrepancia de datos o si se desea ejercer la opción de mantener una base de cotización superior.
  • Conservar copia de todas las notificaciones recibidas durante el proceso de regularización.

© La presente información es propiedad de Escura, abogados y economistas, quedando prohibida su reproducción sin permiso expreso.

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