El cómputo del plazo de antelación incluye el día en que se remite la convocatoria, pero no el día en que se celebra la junta.

Prórroga del SMI, cotizaciones y aplicación en nóminas (2026).

La no aprobación de los presupuestos generales del Estado para el 2026, ha motivado la aprobación del Real Decreto-Ley 16/2025 (BOE-A-2025-26458), del que puede acceder a su texto íntegro en el enlace al pie de la presente circular.

Entre otros aspectos legislados en el Real Decreto, se prevén novedades en el ámbito laboral que entrarán en vigor el 1 de enero de 2026.

Cabe destacar entre los temas regulados: Salario Mínimo Interprofesional (SMI), cotizaciones a la Seguridad Social y su aplicación práctica en las hojas de salario.

Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Se prorroga el SMI fijado para 2025 en 1.184 € brutos mensuales en 14 pagas, hasta la aprobación del nuevo SMI para 2026. El incremento que se acuerde tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026.

Nuevas Cotizaciones a la Seguridad Social

  • Bases mínimas: se incrementarán en el mismo porcentaje que el SMI más una sexta parte.
  • Base máxima en régimen general: 5.101,20 € mensuales.
  • Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): tipo total del 0,90% (0,75% empresa y 0,15% trabajador).
  • Cotización adicional de solidaridad: aplicable a salarios que excedan la base máxima, con tipos del 1,15%, 1,25% y 1,46%.
  • Nueva tarifa de AT/EP vinculada a la CNAE-2025. La nueva tarifa de AT/EP depende del CNAE-2025; si no se comunica, se aplicará el tipo más alto. Recordamos que los tipos actualizados del CNAE deben de haberse comunicado durante el ejercicio 2025.
  • Régimen de autónomos: se mantienen las tablas de 2025, actualizando la base máxima.

Resumen del Real Decreto-ley 16/2025

Concepto Referencia normativa Cuantía/Tipo
Salario mínimo interprofesional Art. 23 RDL 16/2025 1.184 €/mes (14 pagas)
Base mínima cotización Art. 122 LGSS + Art. 24 RDL + SMI + 1/6
Base máxima cotización Disposición RDL 5.101,20 €/mes
MEI Art. 24 RDL 0,90% (0,75% empresa + 0,15% trabajador)
Cotización solidaridad Art. 19 bis LGSS 1,15% / 1,25% / 1,46%
AT/EP CNAE-2025 Art. 24 RDL Nuevo CNAE; tipo alto si falta comunicación
Autónomos Disposición transitoria 1ª Tablas 2025, base máxima ajustada

 

Puede consultar el BOE en el siguiente enlace: Consultar

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