
La inteligencia artificial y la digitalización como causas del despido objetivo.
El pasado 15 de septiembre de 2025, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León dictó una sentencia relativa a un despido por causas objetivas, entre las cuales se referenciaba el impacto originado por el surgimiento de las nuevas tecnologías de inteligencia artificial.
En concreto, esta empresa del sector de la traducción e interpretación comunicó el despido objetivo en virtud de los artículos 52 c) y 53 del Estatuto de los Trabajadores, invocándose causas económicas, organizativas y productivas.
Dicha carta de despido hacía referencia al descenso significativo en la demanda de los servicios de traducción ocasionado por la aparición de la inteligencia artificial, pues parte de los clientes que anteriormente contrataban sus servicios pasaron a realizar las traducciones haciendo uso de los sistemas de IA. Ello situó a la empresa en una tendente negativa en el nivel de ingresos que, si bien no había obligado todavía a cerrar la empresa, conducía a la necesidad de tomar medidas como la amortización de este puesto de trabajo.
Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso interpuesto por la trabajadora, declarando como procedente el despido objetivo, al haber quedado acreditadas las pérdidas económicas y la disminución del importe de la cifra de negocios de la empresa, acreditativas de la tendencia negativa en la que se encontraba la entidad.
Este nuevo pronunciamiento judicial pone de manifiesto que la disrupción de nuevos elementos tecnológicos en determinadas actividades empresariales, como las herramientas de inteligencia artificial, puede conducir a la concurrencia de causas económicas, técnicas, organizativas o productivas que justifiquen la aplicación de despidos objetivos.
Para consultar la sentencia mencionada, puede acceder mediante el enlace.
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