
Prevención de Riesgos en el Servicio del Hogar Familiar
Según el Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, por el que se regula la seguridad y salud en el trabajo en el ámbito del servicio del hogar familiar, los Empleadores del hogar deberán evaluar los riesgos laborales en la plataforma Prevencion10.es.
Las obligaciones establecidas en el Real Decreto serán exigibles a partir del próximo 14 de noviembre de 2025.
Las personas empleadoras deberán evaluar los riesgos laborales de las personas trabajadoras del hogar mediante la herramienta desarrollada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social y que ponen a disposición en la plataforma Prevencion10.es.
La falta de realización o actualización de la evaluación, conforme a lo exigido por la nueva normativa, puede ser sancionable.
1.Obligaciones del empleador en el hogar familiar
Mediante este Real Decreto, la vivienda habitual del empleador se configura legalmente como un entorno laboral, sujeto a normas específicas de prevención de riesgos.
En consecuencia, afectará a todas las personas empleadoras particulares, que deberán dar cumplimiento a las obligaciones reguladas en el mismo con independencia del número de trabajadores a su cargo, debiendo:
- Realizar una evaluación inicial de riesgos teniendo en cuenta la actividad y características de la persona trabajadora.
- Adoptar las medidas preventivas necesarias por escrito y entregar copia al trabajador/a.
- Proporcionar equipos de trabajo adecuados y garantizar su uso.
Asimismo, el empleador también deberá:
- Informar a la persona trabajadora sobre los riesgos existentes y las medidas de protección aplicables, a partir del momento en el que se dicte la Resolución del Servicio Público de Empleo Estatal para la puesta en marcha de las actividades de formación en materia preventiva.
- Garantizar la vigilancia de la salud, incluyendo la posibilidad de realizar reconocimientos médicos adecuados en el marco previsto por la legislación sanitaria, cuando se desarrollen las previsiones normativas relativas a la realización de dichos reconocimientos médicos en el marco del Sistema Nacional de Salud.
2.Acceso a la herramienta
El Ministerio de Trabajo y el INSST han desarrollado una “herramienta de prevención para el empleo en el hogar”, alojada en la web Prevencion10.es. Este sistema es de acceso gratuito y no requiere de requisitos técnicos previos.
Dicha herramienta permite gestionar de forma sencilla la prevención de riesgos laborales para empleados del hogar y genera un informe con los resultados de la evaluación, así como una relación de las medidas preventivas a implantar y el material informativo que debe facilitarse a los empleados.
La normativa exige que tanto el empleador como la persona trabajadora reciban copia de la evaluación y la adopción de medidas, para poder acreditar en cualquier momento el cumplimiento legal.
La herramienta Prevención10.es está disponible de forma gratuita y accesible a través del portal oficial del INSST o directamente mediante el siguiente enlace: https://www.prevencion10.es/
3.Consecuencias del incumplimiento y garantía de protección
El Real Decreto 893/2024 no incorpora un régimen sancionador autónomo, no obstante, su incumplimiento puede derivar en sanciones previstas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, aplicables al ámbito del hogar.
La Administración ha anunciado su intención de fiscalizar este cumplimiento, advirtiendo de posibles consecuencias legales para aquellos empleadores que ignoren estos requerimientos.
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