El cómputo del plazo de antelación incluye el día en que se remite la convocatoria, pero no el día en que se celebra la junta.

¿Qué ocurre con el Salario Mínimo Interprofesional ante la derogación del Real Decreto Ley «Ómnibus»?

A finales de 2025, fue publicado el Real Decreto-ley 16/2025 por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social, también denominado comúnmente como “Decreto Ómnibus”.

En virtud de dicho Decreto Ómnibus, se estableció la prórroga del Real Decreto 87/2025, por el que se fijaba el salario mínimo interprofesional en 1.184 euros al mes hasta que se apruebe el Real Decreto por el que se fije el SMI para el año 2026.

Sin embargo, como ha sido noticia, el pasado 27 de enero de 2026, el Congreso de los Diputados ha derogado el Decreto Ómnibus, generándose una situación de desconcierto e inseguridad jurídica respecto a las medidas que prorrogaba dicho Decreto.

A raíz de esta casuística, el 28 de enero de 2026, la Dirección General de Trabajo, perteneciente al Ministerio de Trabajo y Economía Social, ha hecho público un Criterio Interpretativo sobre la decaída de los efectos de la prórroga del Salario Mínimo.

A modo de síntesis, la Dirección General de Trabajo adopta los siguientes criterios:

  1. Que la desaparición de la prorroga del SMI de 2025 no debe afectar a los contratos ya vigentes, ni reducir la cuantía de su salario si estos contratos guardasen relación con el SMI, entendiéndose que dicho contrato ya se encontraría contractualizado.
  2. Respecto a las contrataciones erigidas después de la caída de la prórroga del SMI de 2025 y hasta que se apruebe un nuevo SMI para 2026, estas no deberían tomar referencias salariales inferiores al SMI vigente en 2025
  3. Asimismo, concluye que la fijación de salarios por debajo de dichos umbrales no será posible haciendo uso de medidas tales como el ius variandi de las empresas, las MSCT o los descuelgues de convenios.
  4. Ulteriormente, recuerda que el real decreto que fije el SMI para 2026 surtirá efectos desde el 1 de enero de 2026, tal y como se ha procedido en anteriores regulaciones del SMI.

Estas conclusiones se extraen y con el objetivo de evitar situaciones de inseguridad jurídica, así como de una desvirtuación del carácter protector del SMI.

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