El pasado día 20 de noviembre de 2013, se publico la relación de fiestas laborales para el año 2014, en el Boletín Oficial del Estado.

El calendario laboral para el próximo año incorpora como fiestas nacionales no sustituibles, Año Nuevo, Viernes Santo, Fiesta del Trabajo, Asunción de la Virgen, Todos los Santos, Día de la Constitución española, La Inmaculada Concepción y la Natividad del Señor.

Las Comunidades Autónomas tienen la facultad de sustituir la jornada festiva en dos de las fiestas nacionales, si bien en todas las regiones será festivo también la Epifanía del Señor y Jueves Santo (en este último caso, con la excepción de Catalunya y la Comunidad Valenciana).

Del total de días festivos para 2014, ocho caerán entre semana (1 de enero, 6 de enero, 17 de abril, 1 de mayo, 8 de diciembre y 25 de diciembre), mientras que el resto de los días festivos será en viernes o incluso en sábado, como ocurrirá el día 1 de noviembre y el 6 de diciembre.

La relación de días festivos de ámbito nacional para el próximo año es la siguiente:

 

  •      1 de enero: Año Nuevo (miércoles)
  •      6 de enero: Epifanía del Señor (lunes)
  •      17 de abril: Jueves Santo
  •      18 de abril: Viernes Santo
  •      1 de mayo: Fiesta del Trabajo (jueves)
  •      15 de agosto: Asunción de la Virgen (viernes)
  •      1 de noviembre: Todos los Santos (sábado)
  •      6 de diciembre: Día de la Constitución (sábado)
  •      8 de diciembre: La Inmaculada Concepción (lunes)
  •      25 de diciembre: Navidad (jueves)

 

Se adjunta con la presente circular, anexo publicado en el Boletín Oficial del Estado, con la relación de fiestas laborales para cada Comunidad Autónoma.

Por lo que respecta a Catalunya y que nos remitimos a la circular número 37/13 de septiembre de 2013 publicada por Bufete Escura, el 30 de agosto se publico en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya la Orden EMO/202/2013, por la que se establece el Calendario Oficial de Fiestas Laborales para el año 2014, la cual dispone: “de las trece fiestas mencionadas … habrá una, a elegir entre el 6 de enero (Reyes), el 21 de abril (lunes de Pascua Florida), el 24 de junio (San Juan) y el 26 de diciembre (San Esteban), que tendrá el carácter de recuperable. Las otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable”.