Real Decreto-ley 20/2022

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Nuevas medidas sociolaborales en el Real Decreto-ley 20/2022.

El pasado 28 de diciembre, se publicó el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

En aras de paliar la situación económica negativa imperante por el alza de los precios a consecuencia de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, se ha aprobado este Real Decreto-ley que incluye, además de un paquete de medidas impositivas y económicas, un conjunto de disposiciones de carácter sociolaboral, entre las cuales destacan las siguientes:

– Artículo 77: Un incremento extraordinario de las pensiones de jubilación e invalidez en su modalidad no contributiva, con efectos desde el 1 de enero de 2023 y para todo ese año en función de la Ley de Presupuestos del Estado para 2023 hasta alcanzar un 15%.

­­- Artículo 79: Un incremento extraordinario de la prestación del Ingreso Mínimo Vital para el año 2023 en función de la Ley de Presupuestos del Estado para 2023 hasta alcanzar un 15%.

– Artículo 84: Prórroga de la modalidad de jubilación parcial con simultánea celebración de un contrato de relevo a pensiones causadas antes de 2024 bajo la aplicación de la Ley 27/2011 de 1 de agosto, bajo el cumplimiento de ciertos requisitos, entre ellos que el trabajador realice directamente funciones que requieran esfuerzo físico o alto grado de atención en tareas de fabricación, elaboración o transformación, así como en las de montaje, puesta en funcionamiento, mantenimiento y reparación especializados de maquinaria y equipo industrial en empresas clasificadas como industria manufacturera.

– Artículo 96: Prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) vinculados a la situación de fuerza mayor temporal en el supuesto de empresas y personas trabajadoras de las islas Canarias afectadas por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja, que serán aplicables hasta el 30 de junio de 2023.

– Artículo 101: Para las empresas beneficiarias de las ayudas directas, se prorroga la prohibición de despedir bajo la causa objetiva del aumento de los costes energéticos, hasta el 30 de junio de 2023. En caso de incumplir esta prohibición, ello conllevará el reintegro de la ayuda recibida. Además, las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.

Para consultar la referida legislación, acceda a través del siguiente enlace: Consulte

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