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Como ejercer la custodia compartida 

La custodia de los hijos menores es una de las cuestiones fundamentales que deben afrontarse cuando los progenitores se separan, pues es imprescindible establecer un sistema de reparto para su cuidado.

Por lo tanto la custodia de los hijos es una de las cuestiones básicas que deben afrontarse cuando los progenitores se separan y hay hijos menores.

El sistema de custodia compartida tiene como objetivo que la ruptura de los progenitores afecte lo menos posible a los menores y que en la medida de lo posible los padres sigan ejerciendo sus obligaciones y derechos y que puedan participar en condiciones de igualdad en el desarrollo y crecimiento de sus hijos.

La custodia compartida supone que los progenitores deciden, se responsabilizan y cuidan de sus hijos menores en el día a día en igualdad de condiciones y derechos; sin embargo, ello no implica necesariamente un reparto equitativo del tiempo de estancia con uno u otro progenitor.

El ejercicio de la custodia compartida presenta un amplio abanico de posibilidades, pues la forma de ejercerla dependerá básicamente de la disponibilidad personal y laboral de cada progenitor, las necesidades de los menores, la residencia de los progenitores en la misma ciudad o no, etc.

Ejemplos de cómo ejercer la Custodia Compartida al 50%:

1.- Turnos de semanas alternas y mitad de las vacaciones escolares.

2.- Turnos quincenales alternos y mitad de las vacaciones escolares.

3.- Lunes y martes con un progenitor, miércoles y jueves con el otro, fines de semana alternos y mitad de las vacaciones escolares.

Ejemplos de cómo ejercer la Custodia Compartida con reparto no equitativo:

1.- De lunes a viernes con un progenitor, un día intersemanal con pernocta con el otro progenitor, fines de semana alternos y mitad de las vacaciones escolares.

2.- Con un progenitor todo el curso escolar y ¼ de las vacaciones escolares de Navidad y verano; y con el otro progenitor un fin de semana al mes y ¾ de las vacaciones escolares de Navidad y verano y todas las vacaciones escolares de Semana Santa.

3.- De lunes a jueves con un progenitor y de viernes a lunes alternos con el otro, y mitad de las vacaciones escolares.

Cualquier sistema de custodia compartida es aceptable, siempre que los progenitores piensen siempre en el bienestar de los hijos.