
1 de septiembre de 2025: puesta en funcionamiento de la Autoridad Independiente de Protección del Informante
El día 12 de agosto de 2025, se publicó la Orden PJC/908/2025, de 8 de agosto, por la que se determina la fecha de puesta en funcionamiento de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (en adelante, “A.A.I.”).
Recordamos que la A.A.I. es un órgano creado a tenor de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, ley que introduce la regulación del ya conocido Canal Ético o Canal de Denuncias.
Si bien el artículo 43 de la Ley 2/2023 enumeraba las funciones genéricas de la A.A.I., no se incluía un procedimiento regulador del mismo o su funcionamiento interno. Por ejemplo, no se decía en ningún apartado cómo podía un informante ponerse en contacto con la A.A.I. o la manera de registrar al responsable del sistema.
Esto causó una gran inseguridad jurídica para las organizaciones, pues el artículo 8.3 de la Ley 2/2023 imponía la obligación de notificar a la A.A.I. el nombramiento y, en su caso, el cese del responsable del sistema, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su designación por parte del órgano de administración u órgano de gobierno de cada entidad u organismo obligado por la Ley 2/2023.
Más adelante, el Real Decreto 1101/2024, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, introdujo funciones más específicas y destacó la autonomía de la A.A.I. Asimismo, la Disposición transitoria única de esta norma estableció que los nombramientos y ceses de los responsables del sistema desde la entrada en vigor de la Ley 2/2023 debían ser notificadas a la A.A.I. en un plazo de dos (2) meses a partir de la fecha de puesta en funcionamiento efectivo de la A.A.I.
Sin embargo, y pese a que el Real Decreto 1101/2024 se publicó el 30 de octubre de 2024, todavía no se había puesto en funcionamiento este nuevo órgano, por lo que el plazo de 2 meses no transcurría. Para suplir esta carencia, a nivel autonómico se nombraron o crearon diversas autoridades, como es el caso de Cataluña, que designó a la Oficina Antifrau de Catalunya como A.A.I., y estas entidades sí que establecieron un registro de responsables del sistema.
Ahora, la Orden PJC/908/2025 ha dispuesto que la fecha de puesta en funcionamiento de la Autoridad Independiente de Protección del Informante a nivel estatal sea el día 1 de septiembre de 2025, por lo que, en virtud de la Disposición transitoria única del Real Decreto 1101/2024, las entidades obligadas por la Ley 2/2023 tendrán hasta el próximo 31 de octubre de 2025 para inscribir al responsable del sistema, que sería cuando finalizase este plazo de 2 meses.
En Escura hemos confeccionado una guía en relación con la Autoridad Independiente de Protección del Informante.
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