En los últimos meses hemos oído hablar en los medios de comunicación sobre la sustracción internacional de menores en caso de ruptura de una pareja, es decir, cuando uno de los progenitores, sin autorización del otro o de un Juez, se lleva a los hijos a un estado diferente al que residen habitualmente.

Si esto ocurre, hay que actuar rápido, y la vía más común para terminar con esta situación y devolver al menor al su Estado de residencia habitual es aplicar el Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores. Este Convenio ha sido firmado por España y un total de 90 países.

Este Convenio establece un sistema de cooperación entre Estados para dar prioridad y urgencia cuando existe una denuncia por sustracción de menores y ordena una acción para el retorno inmediato del menor al país de su residencia habitual.

Para ello, cada estado ha designado una autoridad central, encargada de transmitir y recibir las solicitudes en nombre de los progenitores privados de sus hijos.

Una vez entra la solicitud a la autoridad central competente, se ordena, de forma inmediata, al progenitor sustractor que retorne al menor a su estado de origen o indique los motivos por los que se opone a dicho retorno.

En este último caso, es decir, si se opusiera a la restitución, se da traslado de la denuncia al Juzgado competente para que en el plazo de 10 días señale juicio y sea el Juez el que decida sobre si procede o no el retorno del menor.

Es importante, iniciar el trámite de restitución lo antes posible, pues si se presenta la petición durante el año siguiente a la sustracción la devolución debe ser automática. Pasado ese plazo puede denegarse, ya que es posible que el menor se haya integrado en su nuevo ambiente.

Este Convenio sólo es aplicable entre los Estados firmantes, por lo que si el menor ha sido trasladado a un país no perteneciente a la Unión Europea o que no sea parte en el Convenio de La Haya, es necesario iniciar el procedimiento de restitución litigando directamente en el país donde se encuentra el menor.