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La AEPD advierte sobre el uso de gafas inteligentes con capacidad de grabación

Las gafas de sol inteligentes con capacidad para grabar imágenes, vídeo y sonido se están convirtiendo en un dispositivo cada vez más habitual. Sin embargo, su uso plantea importantes implicaciones desde la perspectiva de la protección de datos. Con motivo del verano, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado una serie de recomendaciones para fomentar un uso responsable de estos dispositivos y recordar que la tecnología debe convivir con el respeto a la privacidad de las personas.

La Agencia recuerda que, desde el punto de vista de la normativa de protección de datos, las gafas inteligentes deben utilizarse con la misma cautela que cualquier otro dispositivo capaz de captar imágenes o sonido, como un teléfono móvil o una cámara. Cuando las grabaciones trascienden el ámbito estrictamente personal o doméstico, el tratamiento de los datos personales queda sujeto a las obligaciones previstas por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), siendo el propio usuario quien asume la responsabilidad por un uso indebido de las imágenes o grabaciones obtenidas.

Uno de los aspectos sobre los que incide la AEPD es la transparencia. Dado que estos dispositivos pueden pasar desapercibidos y las personas de alrededor pueden desconocer que están siendo grabadas, resulta recomendable informar previamente siempre que sea posible, especialmente en aquellos lugares donde exista una expectativa razonable de privacidad. Del mismo modo, la Agencia advierte de que muchas de estas gafas incorporan micrófonos que permiten captar conversaciones, por lo que la grabación de audio exige una especial cautela al afectar de forma más intensa a la intimidad de las personas.

Las orientaciones también recuerdan la importancia de aplicar el principio de minimización de datos. Antes de iniciar una grabación conviene valorar si realmente resulta necesaria y evitar captar imágenes o sonidos de terceros cuando no exista una finalidad legítima, prestando una atención reforzada cuando puedan verse afectados menores de edad u otros colectivos vulnerables. Además, estos dispositivos pueden recopilar información adicional, como datos de ubicación, fecha, hora o patrones de uso, por lo que resulta aconsejable revisar su configuración y limitar la recopilación de información a lo estrictamente necesario.

Por último, la AEPD insiste en la necesidad de configurar adecuadamente las opciones de privacidad y seguridad de las gafas inteligentes y de las aplicaciones asociadas, desactivando aquellas funcionalidades que no sean imprescindibles y restringiendo los permisos concedidos. Una correcta configuración puede reducir significativamente los riesgos tanto para el usuario como para las personas que puedan verse afectadas por las grabaciones.

Consulta la nota de la AEPD.

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