
Agentes de IA bajo la lupa: La AEPD publica orientaciones clave para su uso conforme al RGPD
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado recientemente unas orientaciones sobre Inteligencia Artificial Agéntica, centradas en los denominados agentes de IA: sistemas capaces no solo de generar respuestas, sino de actuar de forma autónoma, tomar decisiones y ejecutar tareas en entornos digitales para alcanzar determinados objetivos.
A diferencia de la IA generativa tradicional, los agentes de IA pueden interactuar con aplicaciones, consultar bases de datos, iniciar procesos o encadenar acciones sin intervención humana directa. Esta mayor autonomía incrementa también los riesgos desde la perspectiva de la protección de datos, especialmente cuando estos sistemas tratan información personal o influyen en decisiones que afectan a personas físicas.
En sus orientaciones, la AEPD advierte de la necesidad de analizar cuidadosamente cómo se integran estos agentes en los procesos empresariales. La automatización avanzada puede implicar tratamientos complejos, decisiones automatizadas, perfilado o accesos masivos a datos, lo que exige reforzar las garantías previstas en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La Agencia insiste en la importancia de aplicar el principio de protección de datos desde el diseño y por defecto, realizar evaluaciones de impacto cuando proceda y asegurar una supervisión humana efectiva.
Asimismo, se subraya que la responsabilidad no desaparece por el hecho de utilizar sistemas autónomos. Las organizaciones que implementan agentes de IA siguen siendo responsables de garantizar la licitud del tratamiento, la minimización de datos, la transparencia frente a los interesados y la adopción de medidas técnicas y organizativas adecuadas.
Desde Escura, recomendamos que cualquier proyecto que incorpore agentes de IA sea previamente evaluado desde la doble perspectiva tecnológica y jurídica. La innovación es una oportunidad, pero su desarrollo debe ir acompañado de un análisis riguroso de riesgos y de una adecuada gobernanza en materia de protección de datos para evitar impactos reputacionales y posibles sanciones.
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