Bufete Escura les informa mediante el presente flash informativo sobre las retenciones aplicables a partir del 1 de enero de 2016:
Las principales novedades son las siguientes:
- Actividades Profesionales: el tipo de retención corresponde a un 15 por ciento, cualquiera que sea el nivel de sus ingresos. Asimismo, se aplica el 7% para los tres primeros años de inicio de actividad profesional (anteriormente del 9%).
- Rendimientos de Capital Mobiliario: el tipo de retención aplicable será del 19% (anteriormente del 19,5%).
- Rendimientos de Capital Inmobiliario: el tipo de retención aplicable será del 19% (anteriormente del 19,5%).
- Ganancias Patrimoniales: el tipo de retención aplicable será del 19% (anteriormente del 19,5%).
- Consejeros y Administradores: el tipo de retención aplicable para consejeros y administradores será del 35% (anteriormente del 37%).
A través del siguiente link puede consultar el cuadro de retenciones publicado por la Administración Tributaria: