El Abogado General del TJUE considera que después de la anulación de la Directiva Directiva 2006/24/CE, de 15 de marzo de 2006 (LA LEY 3617/2006), sobre la conservación de datos en relación con la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, los Estados pueden imponer a los proveedores de los servicios de comunicaciones una obligación general de conservación de datos relativos a esas comunicaciones electrónicas.

Artículo de Diario La Ley