Les informamos que el plazo de presentación de la Declaración Informativa sobre bienes y derechos en el extranjero, modelo 720, del ejercicio 2012 deberá presentarse desde el día 1 de febrero hasta el próximo día 30 de abril de 2013.

 

Recordarles que la Ley 7/2012, de 29 de octubre de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, introdujo  esta nueva obligación de información en materia de bienes y derechos situados en el extranjero.

 

En este sentido,  si la Agencia Tributaria descubre que un contribuyente no ha informado de una cuenta en el extranjero, imputará ese bien como ganancia patrimonial del último año no prescrito en el IRPF al tipo marginal que puede llegar al 52% y una sanción adicional del 150%.

 

Por lo que, los contribuyentes que tengan cuentas, valores o bienes en el extranjero a 31 de diciembre de 2012, deberán presentar la Declaración Informativa sobre bienes y derechos en el extranjero con la limitación de que el valor del bien en concreto supere los 50.000 euros independientemente de que hayan presentado el pasado mes de noviembre de 2012 la Declaración Tributaria Especial, modelo 750, informando de los rendimientos de bienes o derechos en el extranjero.

 

A través del siguiente link  se puede consultar íntegramente la Orden HAP/72/2013, de 30 de enero, por la que se aprueba el modelo 720:

 

http://www.boe.es/boe/dias/2013/01/31/pdfs/BOE-A-2013-954.pdf