
Modificaciones en la Reserva de Capitalización – Impuesto sobre Sociedades.
En virtud de las recientes reformas introducidas por la Ley 13/2023 y la Ley 7/2024, se han aprobado cambios significativos en el incentivo fiscal de la reserva de capitalización, con efectos aplicables a partir de los ejercicios 2024 y 2025. Estas medidas tienen como finalidad incentivar la autofinanciación empresarial mediante beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sociedades.
La reserva de capitalización permite reducir la base imponible del Impuesto sobre Sociedades en un porcentaje del incremento de los fondos propios, siempre que se cumplan determinados requisitos. Los cambios aplicables a partir del ejercicio 2024 son los siguientes:
- Aumento del porcentaje de reducción del 10% al 15% del incremento de fondos propios.
- Reducción del plazo de mantenimiento del incremento y de la reserva indisponible de 5 a 3 años.
- Posibilidad de aplicar en los dos ejercicios siguientes el exceso no deducido por insuficiencia de base imponible.
Igualmente, el porcentaje se podrá aumentar en el ejercicio 2025:
- Aumento del porcentaje de reducción general al 20%.
- Reducciones adicionales si se incrementa la plantilla media:
- Deberemos tener en cuenta una serie de límites a la reducción:
Del mismo modo, se establecen unos requisitos para la aplicación de la reserva de capitalización:
- Incremento de fondos propios mantenido durante 3 años, salvo pérdidas contables.
- Dotación de una reserva indisponible, reflejada en el balance de forma separada y con título específico, durante 3 años.
- La reducción no podrá superar el 10% del importe neto de la cifra de negocios del ejercicio.
Se recomienda revisar la situación contable y fiscal de cara a los próximos ejercicios para optimizar el aprovechamiento de este incentivo.
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