036Bufete Escura les informa de las modificaciones que se han producido en el Modelo 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y en el Modelo 037 de Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

La Orden HAP/2484/2014, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los Modelos 036 y 037, adaptada a las modificaciones introducidas en Real Decreto 1073/2014, de 19 de diciembre, en el que se han introducido los cambios relativos al Reglamento del Impuesto Sobre el Valor Añadido.

Las principales modificaciones son las siguientes:

– Los importadores que sean empresarios o profesionales actuando como tales, siempre que tributen en la Administración del Estado y que tengan un período de liquidación que coincida con el mes natural, pueden optar por incluir la cuota liquidada por las Aduanas en la declaración-liquidación correspondiente al periodo en que reciban el documento en el que conste dicha liquidación.

El ejercicio de esta opción podrá realizarse hasta el 31 de enero de 2015 mediante el Modelo 036 (Casilla 530).

– Para los nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo aplicados en la entrega de productos de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales.

El ejercicio de esta opción podrá realizarse hasta el 31 de marzo de 2015 mediante el Modelo 036 (Casilla 513).

A través del siguiente link pueden consultar la Orden de Hacienda HAP/2484/2014 y el Real Decreto 1073/2014:

http://www.boe.es/boe/dias/2014/12/31/pdfs/BOE-A-2014-13673.pdf

http://www.boe.es/boe/dias/2014/12/20/pdfs/BOE-A-2014-13252.pdf