Mediante la presente circular les informamos que deben legalizar los libros oficiales correspondientes al ejercicio 2013 con fecha límite el 30 de abril de 2014.

A continuación les detallamos la documentación necesaria que deberán presentar, ante el Registro Mercantil:

Con carácter obligatorio:

1)      INVENTARIO DE CUENTAS:

–          Balance de Sumas y Saldos anual o trimestral.

–          Cuenta de Pérdidas y Ganancias anual o trimestral.

–          Balance de Situación anual o trimestral.

2)      DIARIO OFICIAL:

En el diario oficial debe constar la apertura y el cierre, una vez reenumerados todos los asientos.

Con carácter recomendable:

1)      FACTURAS EXPEDIDAS (con numeración existente).

2)      FACTURAS EMITIDAS (con numeración automática).

Les recordamos que el formato de los documentos mencionados anteriormente podrán ser presentado en formato PDF, Excel o TXT.