Bufete Escura les informa mediante el presente flash informativo de la publicación en el BOE del Real Decreto 529/2017, de 26 de Mayo por el que se modifica el Reglamento de IVA añadiendo dos disposiciones transitorias a efectos del año 2017.

Las disposiciones transitorias que se añaden son la tercera y la cuarta disponiendo lo siguiente:

 

  1. Los sujetos pasivos que se encuentren inscritos en el registro de devolución mensual (REDEME), dispondrán de un plazo extraordinario, fijado hasta el día 15 de Junio de 2017 y con efectos 1 de Julio para darse de baja en el registro de devolución mensual a través del modelo 036.
  2. Los sujetos pasivos inscritos en el régimen especial de grupos de entidades durante el periodo 2017, dispondrán también del plazo extraordinario, fijado hasta el día 15 de Junio y con efectos 1 de Julio, para solicitar la baja en dicho registro mediante el modelo 039.
  3. Se establece la imposibilidad de opción de los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado de llevar los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT, con efectos 2017.

A través del siguiente link pueden consultar las disposiciones íntegras del Real Decreto 529/2017, de 26 de Mayo por el que se modifica el Reglamento de IVA:

http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-5857

 

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