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Información técnica y normativa.

1 de enero de 2022 1 de enero de 2024
Inicio periodo voluntario incentivado Inicio periodo obligatorio

Batuz es una estrategia de control y asistencia en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de todas las personas y entidades que desarrollen actividades económicas sujetas a la normativa de Bizkaia, con independencia de su naturaleza y tamaño. Su principal objetivo es la lucha contra el fraude fiscal impidiendo la ocultación de ventas.

Batuz lo forman tres componentes.

1.Software garante de facturación denominado TicketBAI.

TicketBAI es un proyecto común de las Haciendas Forales y del Gobierno Vasco cuyo objetivo es la implantación de una serie de obligaciones técnicas y legales en los softwares de facturación de las personas jurídicas y físicas que desarrollen actividad económica, con el fin de que la Hacienda Foral pueda controlar sus ingresos.

TicketBAI supone que las personas físicas y jurídicas que desarrollan actividades económicas deberán utilizar, a partir de 01-01-2024, un software de facturación que cumpla los siguientes requisitos:

  • Inmediatamente antes de emitir una factura, deberán generar un fichero informático firmado de forma electrónica (fichero TicketBAI).
  • La factura que justifique las operaciones deberá incluir un código identificativo del documento y un código QR. Estos códigos permitirán a los consumidores comprobar en la página web de la Diputación Foral si la persona que ha emitido la factura la ha declarado como ingreso en la Hacienda Foral.
  • El fichero TicketBAI deberá ser enviado a la Hacienda Foral en los plazos establecidos en la normativa tributaria.

2. La obligación de llevanza de los Libros Registro de Operaciones Económicas (LROE) a través de la Sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

Para los contribuyentes obligados al suministro de información inmediata a efectos del IVA (SII), estos LROE integrarán la información y las obligaciones del SII.

  • A partir de 01-01-2024, las personas físicas y jurídicas que desarrollan actividades económicas deberán llevar un libro registro de operaciones económicas (LROE) a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, mediante el suministro electrónico de los registros que lo componen.
  • La información generada con motivo de la utilización del software garante TicketBAI deberá ser posteriormente remitida a la Administración tributaria a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, en el capítulo ingresos y facturas emitidas (para las personas físicas) y en el capítulo de facturas emitidas (para las personas jurídicas) del LROE.

Deducción BATUZ:

Dado el impacto económico que la adaptación al nuevo sistema BATUZ va a requerir en las personas contribuyentes, y a fin de incentivar que un gran número de las personas afectadas por dicha obligación se incorporen de manera voluntaria con anterioridad a la fecha de su exigibilidad al cumplimento de los requisitos que el sistema BATUZ exige, se establecen incentivos fiscales de carácter transitorio en el IS, en el IRNR para los establecimientos permanentes y en el IRPF, en forma de deducción en cuota de un 30%, que servirá para reducir los costes de cumplimiento a los que deberán hacer frente los y las contribuyentes con motivo de las nuevas obligaciones impuestas, y cuya base vendrá determinada por los gastos e inversiones que se realicen entre los años 2020 a 2023.

Adicionalmente, en función de la fecha de incorporación voluntaria, una reducción entre el 2% y el 15% de la base imponible en IRPF o IS en los ejercicios 2022 y 2023 será ofrecida a las empresas y profesionales que implanten Batuz desde el 01 de enero de 2022.

Régimen sancionador:

Como instrumento de cierre, siguiendo las recomendaciones de la OCDE en sus informes del año 2013, 2017 y 2019 con el fin de abordar la evasión y el fraude fiscal, se establece un régimen sancionador de intensidad relevante asociado a las infracciones derivadas del incumplimiento de las obligaciones establecidas en el IS, IRPF e IRNR.

3. Asistencia al contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, mediante la puesta a su disposición por parte de la Hacienda Foral de Bizkaia de borradores de las declaraciones de IRPF, IS, IRNR con Establecimiento Permanente e IVA, a fin de facilitarles el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en relación con los principales impuestos que gravan los rendimientos de sus actividades económicas (IRPF, IS, IRNR con EP e IVA).

Cronología:

2021: Adaptación voluntaria: generación de ficheros TicketBAI. Deducción tributaria para gastos/inversiones en 2021.

2022: Adaptación voluntaria a Batuz: Generación de ficheros TicketBAI + llevanza del LROE (01-01-2022 inicio del periodo voluntario incentivado). Consiste en la generación y envío de ficheros TicketBAI, llevanza del LROE en sede, generación de borradores de declaraciones de IVA mensuales y trimestrales.

2023: Adaptación voluntaria a Batuz, teniendo en cuenta que el periodo voluntario incentivado es hasta el 31-12-2023.

2024: el 01 de enero se inicia el periodo obligatorio de Batuz.