abatimientoBufete Escura les recuerda que a partir del 1 de enero de 2015 desaparece en el IRPF el régimen transitorio aplicable a la transmisión de inmuebles por el cual se obtenía una minoración en la tributación de las ganancias patrimoniales, así como en el Impuesto sobre Sociedades se eliminan los coeficientes de corrección monetaria en la transmisión de inmuebles.

Hasta el 31 de diciembre de 2014 se puede aplicar una reducción en la ganancia patrimonial a aquellos inmuebles no afectos a actividades económicas que se hayan adquirido antes del 31 de diciembre 1994.

Dichos coeficientes reductores también se aplican a acciones admitidas a negociación en mercados secundarios y al resto de elementos patrimoniales siempre que la antigüedad sea superior a dos años al 31 de diciembre de 1996.

Por otro lado, en el Impuesto sobre Sociedades se eliminan los coeficientes de corrección monetaria que se aplicaban en la en la transmisión de inmuebles. Estos coeficientes actualizaban los valores de compra de los bienes inmuebles con la finalidad de corregir la inflación y se aplicaban sobre el importe real de la adquisición en función del año en el que se habían satisfecho.

Como conclusión, informarles que esta medida tiene impacto para aquellas personas que se dispongan a vender un inmueble u otro elemento patrimonial adquirido con anterioridad a 1 de enero de 1995, ya que podrán beneficiarse de los coeficientes reductores que desaparecen con efectos 1 de enero de 2015.(1)

(1) Bufete Escura ha elaborado la presente circular en base al Proyecto de Ley. Existe alguna enmienda que ha contemplado la posibilidad de mantener los coeficientes de abatimiento con unos límites que implicarían cambios o modificaciones al Proyecto de Ley.