fiscalMediante la presente circular Bufete Escura les informa de las novedades más significativas introducidas en el Proyecto de Ley publicado en fecha 6 de Agosto en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.

Les recordamos que Bufete Escura siempre realiza circulares en base a la normativa aprobada y únicamente informa sobre Proyectos de Ley cuando éstos tengan una trascendencia significativa. Por lo que, debido a las novedades y cambios de criterios introducidos hemos considerado oportuno detallar los aspectos más relevantes que pueden tener un impacto importante en nuestros clientes.

1.   IMPUESTO DE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS:

– Rendimientos del trabajo: Se modifica la exención aplicable a las indemnizaciones por despido.

Rendimientos de capital inmobiliario: Se suprime la deducción por alquiler a menores de 30 años.

Rendimientos de capital mobiliario:

1) Se crea un Plan de ahorro a largo plazo: Quedaran exentas las rentas positivas generadas por cuentas de depósito o el seguro de vida cuando las cantidades aportadas sean inferiores a 5.000 euros.

2) Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS): Se reduce de 10 a 5 años la duración mínima.

3) Se modifica el tratamiento de las reducciones de capital social con devolución de aportaciones y del reparto de la prima de emisión.

 – Ganancias y pérdidas patrimoniales:

1) Se reducen los tipos en los diferentes tramos aplicados en la base liquidable del ahorro.

2) Se suprime los coeficientes de abatimiento existentes a través de regímenes transitorios desde el año 1996.

2. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES:

– Se reduce el tipo de gravamen general, que pasa del 30% al 25%. En el caso de entidades de nueva creación, el tipo de gravamen se mantiene en el 15% para el primer período impositivo que se obtiene una base imponible positiva y el siguiente.

– Operaciones Vinculadas: se elimina la consideración de vinculación en relación con la retribución satisfecha por una entidad a sus consejeros y administradores por el ejercicio de sus funciones y se elimina la jerarquía de métodos que existía para analizar las operaciones vinculadas.

– Bases Imponibles Negativas: se modifica el tratamiento de la compensación de bases imponibles negativas y se establece un período máximo de 10 años para que las Administraciones puedan revisar las BINS.

– Deducibilidad de Gastos Financieros: se introducen novedades en materia de deducibilidad de gastos financieros.

– Pagos fraccionados: Se modifican los pagos fraccionados para los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2015.

 3. IMPUESTO DE LA RENTA DE NO RESIDENTES:

– Se introducen modificaciones que afectan a los tipos de gravamen.

– Se incluye un nuevo supuesto que permite a un no residente tributar como contribuyente por el IRPF y que la ganancia patrimonial obtenida por la venta de su vivienda habitual en territorio español quede excluida de gravamen siempre que reinvierta el importe en la adquisición de la nueva vivienda habitual.

 4. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO:

 – Se introducen nuevos supuestos en los que es de aplicación la denominada “regla de inversión del sujeto pasivo”.

A través de los siguientes links pueden consultar los Proyectos de Ley:

IRPF:

http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/BOCG/A/BOCG-10-A-107-1.PDF

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES:

http://www.fiscal-impuestos.com/files-fiscal/proyecto-ley-is.PDF

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO:

http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/BOCG/A/BOCG-10-A-109-1.PDF