
Precios de Transferencia: Marco Legal y Métodos de Valoración
Los precios de transferencia son los valores asignados a las transacciones entre empresas vinculadas dentro de un mismo grupo empresarial. Su correcta determinación es esencial para evitar la erosión de bases imponibles y garantizar que las operaciones se realicen conforme al principio de plena competencia.
El principio de Plena Competencia, establecido por la OCDE, exige que las transacciones entre partes vinculadas se valoren como si se hubieran realizado entre empresas independientes en condiciones de mercado.
Métodos de Valoración de Precios de Transferencia
- Método del precio comparable no controlado (CUP) — Compara el precio de una transacción vinculada con el precio de una transacción similar entre partes independientes.
- Método del coste incrementado (Cost Plus) — Calcula el precio de transferencia sumando un margen de beneficio al coste de producción o prestación del servicio.
- Método del precio de reventa (Resale Price) — Parte del precio de reventa al cliente independiente y deduce un margen comercial para determinar el valor de la transacción inicial.
- Método del margen neto de la transacción (TNMM) — Analiza el margen neto obtenido por una parte vinculada en relación con una base apropiada (costes, ventas, activos).
- Método de reparto de beneficios (Profit Split) — Distribuye los beneficios generados por una transacción entre las partes vinculadas según su contribución relativa.
Las empresas que realicen operaciones vinculadas deben documentar que dichas transacciones se han realizado conforme al principio de plena competencia. Las principales obligaciones incluyen el Archivo Maestro, el Archivo Local y el Informe País por País (modelo 231), según lo establecido en la Ley 27/2014, el Real Decreto 634/2015 y la Orden HFP/816/2017.
Además, existe la obligación de presentar el modelo 232 ante la Agencia Tributaria, que es el impreso oficial para la declaración informativa de operaciones vinculadas y operaciones con paraísos fiscales. Este modelo debe presentarse electrónicamente a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el plazo establecido tras la presentación del Impuesto sobre Sociedades.
El régimen sancionador de los precios de transferencia está regulado en el artículo 18.13 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Este artículo establece sanciones específicas por el incumplimiento de las obligaciones de documentación y valoración de las operaciones vinculadas. Estas incluyen multas por omisión de datos (hasta 10.000 euros por conjunto de datos) y sanciones del 15% del ajuste valorativo si la operación no se realiza a valor de mercado.
La regulación se basa en la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (artículo 18), el Reglamento aprobado por el Real Decreto 634/2015, y la Orden HFP/816/2017. A nivel internacional, se aplican las Directrices de la OCDE y el Plan BEPS, así como la futura Directiva europea 2023/0322 (CNS) prevista para 2026.
Los precios de transferencia son una herramienta clave en la fiscalidad internacional. Su correcta aplicación permite una asignación justa de beneficios entre jurisdicciones, evita riesgos fiscales y mejora la transparencia. Las empresas deben adoptar políticas sólidas y documentadas, alineadas con la normativa vigente y los estándares internacionales.
Les recordamos que el departamento de Precios de Transferencia de Escura, puede ayudarle en la revisión y adecuación de sus procedimientos en materia de Precios de Transferencia.
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