inoperatividadEl nuevo baremo, que entrará en vigor el 1 de enero de 2016, actualiza el sistema vigente desde el año 1995. La siniestralidad en España ha bajado a niveles europeos. En consecuencia, el nuevo baremo se puede adaptar a las reformas en el ámbito europeo

La nueva ley supone un aumento medio del 15% de las indemnizaciones. Se priman las lesiones graves: el porcentaje se incrementa en las lesiones más graves (en torno al 35%), mientras que en las leves el aumento es mínimo.

Por ejemplo: doctora de 52 años, autónoma con ingresos netos anuales de 87.330 euros, que tras un accidente de tráfico sufre invalidez parcial con 35 puntos de secuelas funcionales y 6 estéticas:

Baremo actual: 37.047. Euros                                   Futuro baremo: 109.833.- Euros

Incremento de 72.786.- Euros = 33,73%

(ejemplo obtenido de la web de la página DGT)

Novedades en ocho puntos:

1.- El nuevo sistema se adapta a nuevas realidades sociales, como familias monoparentales o con hijos de anteriores matrimonios

2.- La reforma supone una mejora para la sanidad pública puesto que las aseguradoras indemnizarán a los servicios públicos de salud los gastos derivados de nuevos perjuicios cubiertos futuros, como gastos de rehabilitación o cambio de prótesis

3.- El baremo médico se adapta al actual estado de la ciencia

4.- En las lesiones temporales se distingue entre los gastos de asistencia sanitaria y otros gastos de desarrollo de la vida ordinaria del lesionado, como los desplazamientos de familiares para atender al lesionado

5.- En los daños patrimoniales se clasifica a los familiares del fallecido en accidente de tráfico en cinco categorías: ascendientes, descendientes, cónyuges, hermanos y allegados. Todos ellos se consideran perjudicados y son resarcidos con la misma cuantía.

Aparece un nuevo concepto de  lucro cesante, y ahora también se valora el trabajo no remunerado o la pérdida futura de trabajo de menores y estudiantes.

6.- Se impone al asegurador la obligación de presentar a los perjudicados una oferta motivada de indemnización. Si no hay acuerdo, las partes podrán intentar la mediación.

7.- Se crea una Comisión de Seguimiento que cada 3 años propondrá mejoras en el tratamiento de las lesiones y la actualización de las indemnizaciones

8.- La actualización anual del sistema se establece en relación al índice de revalorización de las pensiones de la Ley de Presupuestos Generales del Estado