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Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial

El pasado 21 de marzo entró en vigor la nueva ley de tráfico, cuyo máximo objetivo es reducir a cero las víctimas en las carreteras, pasamos a indicar las principales novedades:

  • Los patinetes eléctricos no podrán circular por la acera y será obligatorio el uso del casco en las ciudades.
  • Los menores de edad no podrán haber ingerido ni una gota de alcohol en la hora de ir con patinete o bien conducir cualquier otro vehículo para el cual están autorizados.
  • No respetar la distancia de seguridad de un metro y medio en el momento de avanzar un ciclista supondrá seis puntos menos en el carné de conducir.
  • Desaparecen los 20 kilómetros de margen en los adelantos. Siempre que se quiera avanzar un vehículo se tendrá que hacer dentro de los límites establecidos a la vía por donde se circula.
  • Se aumentan las sanciones para las conductas incívicas:
    • Solo el hecho de tener el teléfono en la mano, aunque no se use, supondrá la pérdida de seis puntos del carné de conducir.
    • Lanzar objetos a la vía puede ser la causa de un incendio o bien de un accidente, la sanción se incrementa y la pérdida de puntos en el carné pasa de cuatro a seis.
    • Aparcar en una zona reservada para personas con discapacidad supondrá la pérdida de tres puntos.
    • El mal uso del cinturón de seguridad, el casco o los sistemas de protección infantil hacen perder cuatro puntos.
    • No respetar las restricciones de circulación por los episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones comporta una infracción grave con una sanción de 200 euros.

A continuación, adjuntamos el enlace de la Ley publicada: https://www.boe.es/eli/es/l/2021/12/20/18

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