iStock_000010896706LargeEl artículo 39 de la Ley 14/2013, de 7 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización recoge novedades en materia de prevención de riesgos laborales que afectan a las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES). Estas novedades obedecen al afán del gobierno por simplificar los trámites administrativos exigibles a éste tipo de empresas, eliminando obstáculos y alentando así el emprendimiento.

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establecía que, en las empresas de hasta 10 trabajadores, el empresario podía asumir personalmente las labores de prevención (diseño e implantación del plan de prevención). Para ellos se exigía el desarrollo habitual de su actividad en el centro de trabajo y estar en disposición de la capacidad necesaria, en función de los riesgos a que estén expuestos los trabajadores y la peligrosidad de las actividades. Ahora se reconoce esta posibilidad a las empresas que tengan 25 trabajadores en plantilla, siempre y cuando la empresa disponga de un único centro de trabajo.

Del mismo modo recordamos que, toda empresa que cuente con personal asalariado debe tener un Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Su elaboración es una labor que normalmente se encomienda a empresas externas especializadas en la materia. Esto supone un coste añadido en que una entidad de nueva creación debe sumar al resto de los que ya tiene al inicio de su actividad. Por ello, la normativa ofrecía a las empresas de hasta 10 trabajadores (dependiendo de su actividad) la posibilidad de que el empresario que estuviera capacitado diseñara el plan por sí mismo. Ahora esta posibilidad se amplía hasta las empresas que cuentes con 25 trabajadores en plantilla.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en colaboración con las Comunidades Autónomas y los agentes sociales, prestarán un asesoramiento técnico específico en materia de seguridad y salud en el trabajo a las empresas de hasta veinticinco trabajadores, que asuman el diseño del Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Para ello se pretende diseñar un sistema que facilite al empresario la organización y diseño del plan de una manera simplificada.

Es por ello que, el Ministerio de Trabajo ha habilitado una página web www.prevencion10.es a través de la cual, las empresas podrán elaborar de manera gratuita su plan de prevención de riesgos laborales.

A través de ésta herramienta, se puede cumplir con las obligaciones en materia preventiva a través de un proceso en cinco etapas. Este proceso no incluye la vigilancia de la salud obligatoria en algunos Convenios Colectivos.

Del mismo modo, en ese sentido, debemos recordar que, las sanciones administrativas por no disponer de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales en la empresa son de cuantía muy elevada.