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Se inicia el plazo para la declaración de activos no productivos el próximo 1 de junio hasta el 30 de junio de 2021.

Tal y como informamos en circulares anteriores, el 12 de mayo de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña la Ley del Impuesto sobre los Activos No Productivos de las Personas Jurídicas. Asimismo, el 16 de mayo de 2019 se aprobó el Decreto Ley 8/2019, de 14 de mayo, que modifica aspectos concretos de la Ley.

Durante el mes de junio tendremos que liquidar e ingresar lo correspondiente al ejercicio 2020 en materia de Activos No Productivos de las Personas Jurídicas.

En el siguiente enlace pueden consultar nuestra circular en la que desarrollamos aquellos aspectos más relevantes de la normativa: Consultar circular Impuesto sobre activos no productivos

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