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El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales y nulos varios de los artículos del Decreto Ley 17/2019 sobre materia de vivienda.

La sentencia sostiene que la normativa vulnera el derecho a la propiedad y que el índice de los precios de alquiler que se estableció puede servir a modo orientativo, pero no puede impedir el libre pacto entre propietario e inquilino.

Así mismo anula los artículos que obligan al propietario a ofrecer un contrato de alquiler social a determinados inquilinos, regulando su plazo y contenido y entiende que no esta justificada la nueva definición de gran tenedor de vivienda.

A su vez, como cuestión formal plantea que se debería haber regulado mediante ley y no decreto ley ya que no concurren los requisitos que exige el artículo 86.1 CE, siendo insuficiente el rango de la norma empleado.

Concretamente los artículos que han sido declarados inconstitucionales son los 2.2, 2.3, 2.4, 2.5, 2.7, 2.10, 2.11, 2.12, 4.2, 4.5, 5.5, 5.6, 5.7, 6,3 y 6.6.

Puede consultar el Decreto Ley de 17/2019 en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-2509

Puede consultar la sentencia del Tribunal Constitucional en el siguiente enlace:

https://www.tribunalconstitucional.es/NotasDePrensaDocumentos/NP_2021_004/2020-2577STC.pdf

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