036El 30 de octubre de 2015 se ha publicado la nueva Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2016. En su Disposición Final Vigésima recoge la modificación de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos sanitarios (Real Decreto legislativo 1/2015, de 24 de julio) con efectos a partir del 1 de enero de 2016.

Entre los preceptos que han sido objeto de modificación, destacamos el artículo 4 apartado 6, para introducir la libertad de descuentos de laboratorios y mayoristas a las oficinas de farmacia, tal y como ya os avanzamos.

En el apartado segundo del artículo 14, se introduce la obligatoriedad de identificar un medicamento genérico con las siglas EFG.

En el apartado 4 del artículo 87, se ha suprimido la parte que obligaba a dispensar genéricos en las recetas por principio activo, siempre que el medicamento prescrito esté al mismo precio en marca y genérico.

En los supuestos de sustitución para el farmacéutico del artículo 89 de la Ley de Garantías, cuando la prescripción se realice por denominación comercial, y el medicamento prescrito tiene un precio superior al precio menor de su agrupación homogénea, el farmacéutico sustituirá el medicamento prescrito por aquel de precio más bajo de su agrupación homogénea, suprimiendo la nueva redacción del apartado 5, la obligatoriedad de dispensar el genérico en caso de igualdad de precio.

https://www.boe.es/boe/dias/2015/10/30/pdfs/BOE-A-2015-11644.pdf