Bufete Escura les informa mediante la presente circular de las novedades en la Llevanza de Libros Registro de IVA a través de la sede electrónica.

 

A continuación les detallamos las novedades más significativas:

-Se introduce un nuevo campo identificativo, para las entidades en su condición de sucesora de otra entidad por operaciones de reestructuración societaria.

-Se añade una nueva clave de factura en el Libro registro de facturas recibidas para poder diferenciar el registro de las liquidaciones complementarias de Aduanas correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido a la importación, de forma independiente al resto de documentos aduaneros.

-Se crean dos marcas específicas que permiten concretar si la factura simplificada recoge la identificación del destinatario o si la factura expedida no contiene la identificación del destinatario.

-Se requiere la identificación de aquellas facturas expedidas por terceros de acuerdo con lo previsto en las disposiciones adicionales tercera y sexta del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

-Se incluye una nueva clave de medio de cobro o pago de las operaciones acogidas o afectadas por el régimen especial del criterio de caja del Impuesto sobre el Valor Añadido. Esta nueva clave permitirá identificar aquellos cobros y pagos que se instrumenten mediante órdenes de domiciliación bancaria

-Se ha creado un campo de contenido libre denominado «referencia externa» con el objetivo de que, opcionalmente, puedan utilizar este campo con la finalidad que pudiera tener en sus anteriores Libros registro.

-En el Libro Registro de Facturas expedidas se crean campos específicos asociados a las diferentes modalidades de causa de exención para poder identificar la parte de la base imponible exenta correspondiente a cada causa.

-Se crea una marca especial para identificar aquellos Registros de facturación respecto de los que el cumplimiento del plazo de envío a los Libros registro presente dificultades.

-Se crean dos nuevas claves de comunicación en el Libro Registro de Facturas Expedidas que permiten articular un nuevo procedimiento de suministro de la información correspondiente a las devoluciones del Impuesto sobre el Valor Añadido en el régimen de viajeros.

-Se crea un esquema adicional para que aquellos sujetos pasivos cuyas facturas tengan más de quince referencias catastrales puedan realizar un envío independiente, remitiendo la información completa de los inmuebles objeto de arrendamiento de locales de negocio y que no estén sujetos a retención.

-Se ha creado un identificador que especifica aquellas facturas con importes superiores a un umbral. De este modo si el registro de facturación que se quiere registrar supera este importe deberá marcarse este identificador, confirmando de este modo, que no se trata de un error.

 

A través del siguiente link pueden consultar estas novedades en la”Orden HFP/187/2018, de 22 de febrero”:

http://www.boe.es/boe/dias/2018/03/10/pdfs/BOE-A-2018-3356.pdf

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